CHILE
Marco legal sobre libertad religiosa y su aplicación efectiva
La Constitución de la República de Chile de 1980 (revisada en 2021)[1] reconoce que «las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos» (artículo 1). Estipula que «la familia es el núcleo fundamental de la sociedad» y ampara «a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos». Además, declara que «el Estado está al servicio de la persona humana» y debe garantizar que cada individuo alcance «su mayor realización espiritual y material posible».
Se garantiza «la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público» (artículo 19.6). También se establece que «las confesiones religiosas podrán erigir y conservar templos y sus dependencias bajo las condiciones de seguridad e higiene fijadas por las leyes y las ordenanzas». El mismo artículo afirma que los lugares de culto «estarán exentos de toda clase de contribuciones» siempre y cuando se utilicen exclusivamente para el fin declarado.
En cuanto a la educación, «los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos» (artículo 19.10), a la vez que «la libertad de enseñanza incluye el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales» (artículo 19.11).
El aborto en Chile está prohibido en todas las circunstancias, salvo en tres supuestos específicos establecidos por la Ley n.º 21 030, promulgada en 2017. Estas excepciones son las siguientes: cuando el embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer; cuando se diagnostica al feto una afección incompatible con la vida fuera del útero; y cuando el embarazo es resultado de una violación, permitido hasta las 12 semanas de gestación, o hasta las 14 semanas si la víctima es menor de 14 años. Fuera de estas excepciones, el aborto sigue siendo un delito penal[2]. Los profesionales e instituciones de salud pueden optar por no realizar abortos invocando el derecho a la objeción de conciencia[3]. En 2024, el Ministerio de Salud solicitó al contralor general de la República que retirara el Decreto n.º 22 pretendiendo así modificar la ley para que todos los hospitales cuenten con un equipo de profesionales no objetores de conciencia que presten servicios de aborto cuando se soliciten[4].
El marco legislativo de Chile protege la libertad religiosa de más de 5400 grupos religiosos reconocidos[5]. Conforme a la Ley n.º 19 638 de 1999, que establece las normas sobre la constitución jurídica de las Iglesias y organizaciones religiosas[6], cualquier grupo religioso puede solicitar la condición de entidad sin ánimo de lucro.
El Ministerio de Justicia no puede rechazar ninguna solicitud de registro por propia voluntad, pero tiene un plazo de noventa días para presentar objeciones a los documentos presentados si no cumplen los requisitos legales. En este caso, los solicitantes disponen de sesenta días para presentar alegaciones ante el Estado en defensa de su candidatura y solicitar reparación en los tribunales.
El Estado no puede dar de baja a una organización religiosa una vez que ha obtenido la aprobación, salvo por una sentencia judicial definitiva dictada tras un juicio a petición del Consejo de Defensa del Estado en los casos pertinentes (artículo 19 de la Ley n.º 19 638)[7].
La Iglesia católica tiene personalidad jurídica de derecho público y conserva su propio estatus legal, sin que ello constituya motivo de trato desigual[8].
La Ley n.º 19 638 prohíbe la discriminación basada en las creencias religiosas, a la vez que consagra la libertad de religión y culto, con autonomía e inmunidad de coacción[9]. Por tanto, toda persona puede profesar la creencia religiosa que libremente elija, practicar actos de culto en público o en privado, individual o colectivamente, celebrar sus festividades o realizar sus ritos, o abstenerse de todo ello, si así lo prefiere. Esto también comporta el derecho a abandonar la religión o cambiar de credo.
Los grupos religiosos reconocidos son autónomos en el ámbito de la educación y tienen derecho a establecer sus propias instituciones educativas, clubes o cualquier otra organización[10]. Tras la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Pavez Pavez contra Chile[11], el Gobierno tiene previsto modificar el decreto que regula la educación religiosa, incorporando cambios relevantes, como el certificado de idoneidad exigido a los profesores de religión[12].
De conformidad con la Ley 19 947[13] de 2024 sobre el matrimonio civil, los matrimonios celebrados por entidades religiosas legalmente reconocidas tienen efectos civiles. En 2024, el plazo para la confirmación de los matrimonios religiosos en el Registro Civil se amplió a 15 días y puede ser realizado por el representante de las partes contratantes[14].
La Ley n.º 20 609[15] de julio de 2012 prohíbe la discriminación arbitraria, así como cualquier forma de exclusión o restricción carente de justificación razonable que pueda ocasionar dificultades o desórdenes, o amenazar el legítimo ejercicio de derechos fundamentales. Esto sucede sobre todo en la discriminación por motivos concretos, como pueden ser la raza, la etnia o la religión.
La ley admite una excepción al principio de no discriminación, aceptando como razonable que una persona pueda ser objeto de un trato diferente cuando ejerce otros derechos fundamentales legítimos, como la libertad de conciencia, de creencias y de práctica religiosa[16]. Actualmente se está debatiendo un proyecto de ley que pretende eliminar esta excepción[17].
La Ley n.º 21 394[18] de noviembre de 2021 permite a los magistrados del Tribunal Supremo elegir entre prestar juramento (a un poder superior) o prometer (sin ninguna connotación religiosa).
El artículo 30 de la Ley n.º 21 430 sobre los derechos de los niños y los adolescentes[19] reconoce el derecho de todo niño y adolescente a la libertad de religión, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia.
En abril de 2022, se promulgó una ley que concede beneficios fiscales sobre el dinero donado a organizaciones sin ánimo de lucro, incluidas las que se dedican a actividades relacionadas con la religión[20].
En enero de 2023 se publicaron normas relativas a los cuidados paliativos y los derechos de las personas que padecen enfermedades terminales o graves. Estas normas reconocen específicamente el derecho a recibir atención espiritual o religiosa[21].
En septiembre de 2024, el Gobierno de Chile promulgó el Decreto n.º 115, que introduce cambios sustanciales en el marco jurídico de la educación religiosa en el sistema escolar, modificando el Decreto Supremo n.º 924, de 1983[22].
Entre los principales cambios, se otorga a la Subsecretaría de Educación la facultad de revisar y, en su caso, revocar el «Certificado de Idoneidad» que se exige a los profesores para dar clases de religión, estableciendo un plazo máximo de 30 días para este proceso. Además, el nuevo marco elimina el requisito de presentar tanto el título profesional como el certificado, lo que supone un cambio en los requisitos oficiales para la enseñanza de la religión[23].
Ante estas reformas, varias organizaciones religiosas, especialmente la Conferencia Episcopal de Chile y el Comité Nacional de Educación Evangélica, presentaron objeciones formales ante la Contraloría General de la República[24]. Estas organizaciones sostienen que el decreto viola principios constitucionales fundamentales, como la autonomía de las confesiones religiosas, la libertad de educación y el pluralismo religioso. La preocupación radica en que las nuevas normas representan una injerencia indebida del Estado en sus asuntos internos, al cambiar el significado y el alcance del Certificado de Idoneidad, y dificultar el mantenimiento de los principios doctrinales y éticos acordes con las respectivas tradiciones religiosas[25].
Incidentes y acontecimientos
En marzo de 2023, la Conferencia Episcopal de Chile manifestó su preocupación por el crimen organizado y el tráfico de drogas[26], así como por el aumento de la violencia[27], y criticó la falta de una política migratoria adecuada[28].
Los ataques violentos contra lugares de culto, especialmente en la región sureña de la Araucanía, continuaron durante el período estudiado en este informe. La mayor parte de ellos se dirigieron contra capillas rurales y se produjeron en las primeras horas de la mañana. En ocasiones se dejaron mensajes exigiendo la liberación de presos políticos de la etnia mapuche (los habitantes indígenas de esta parte del país)[29].
Los lugares de culto atacados eran principalmente utilizados por las comunidades católica y evangélica locales, aunque también ciertos consejos vecinales, grupos de personas mayores y organizaciones territoriales hacían uso de algunos de ellos[30].
El año 2023 fue especialmente violento. En marzo, la capilla católica de Nuestra Señora de los Rayos, cerca de Victoria, quedó destruida en un incendio provocado[31] y también prendieron fuego a la capilla del Sagrado Corazón de Jesús, en el sector de Amanza. Ambos incidentes se atribuyeron a la Resistencia Mapuche Malleco[32]; a raíz de estos ataques, la diócesis de Temuco hizo un llamamiento a la «no violencia»[33].
En junio de 2023, un incendio provocado destruyó la capilla de Santa Teresa de los Andes, perteneciente a la comunidad de Chihuimpilli, en el municipio de Quepe, diócesis de Villarrica[34]. Otro incendio provocado destruyó la capilla católica de Alto Quino, en el municipio de Curacautín, reivindicado por la Resistencia Mapuche Malleco[35].
En agosto, también incendiaron la capilla de Santa María del Camino en Vivilco, Cañete[36], y una iglesia de la comunidad mapuche de Aniñir, en el municipio de Traiguén[37].
En septiembre de 2023, la Corte de Apelaciones de Temuco falló a favor de los reclusos de etnia mapuche que habían acudido a los tribunales alegando que se habían restringido sus prácticas culturales y religiosas[38]. En diciembre de 2023, la Corte de Apelaciones de Santiago autorizó a un hospital a realizar el tratamiento médico necesario, incluida una transfusión de sangre, para salvar la vida de un niño cuya madre, testigo de Jehová, se había negado a la transfusión[39].
También se produjeron actos de vandalismo relacionados con el conflicto palestino-israelí. En octubre de 2023, en Calbuco, pintaron lemas a favor de Palestina en la iglesia de San Miguel Arcángel que data del siglo XVII[40]; también eslóganes a favor de Palestina y antisemitas dañaron una sinagoga en Concepción[41].
En abril de 2024, fueron condenados los presuntos autores de una serie de incendios y actos de vandalismo perpetrados contra lugares de culto durante los disturbios sociales de octubre de 2019. Cabe destacar que la persona declarada culpable del incendio de la iglesia de San Francisco Borja, en el centro de Santiago, fue condenada a 10 años de prisión[42]. El 1 de octubre, un tribunal de primera instancia ordenó al Gobierno a pagar a la parroquia de Asunción, también en Santiago, afectada por sendos ataques en 2019 y 2020, una indemnización de aproximadamente tres millones de dólares estadounidenses por «falta de protección y prevención por parte del Estado» y «falta de prestación de servicios por parte del Estado»[43].
En octubre de 2024, unos vándalos incendiaron la iglesia de San Francisco en la ciudad de Iquique (región de Tarapacá), una de las más antiguas del país. El delegado presidencial de la región declaró que había quedado «totalmente destruida, una catástrofe para la región». La policía abrió una investigación sobre el ataque[44].
Durante este período de dos años, se han aprobado varias leyes que afectan a la religión y a los grupos religiosos. En marzo de 2023, se presentó un proyecto de ley para combatir explícitamente el antisemitismo[45]; en abril de 2023, la Oficina Nacional de Asuntos Religiosos, con el apoyo de las autoridades locales, creó el Consejo Interreligioso Municipal de Puerto Montt[46] con el objetivo de construir comunidades más cohesionadas; y en abril de 2024, se presentó otro proyecto de ley que exige el consentimiento expreso de los padres para que los niños asistan a clases de educación sexual en el colegio[47].
En mayo de 2024, las autoridades gubernamentales inauguraron la iglesia y el convento renovados de San Francisco de Valparaíso. Construida en 1864, la iglesia había quedado destruida por un incendio. Las obras de restauración se financiaron con fondos públicos, y las autoridades destacaron la importancia de cuidar y preservar el patrimonio del país para las generaciones futuras[48].
En septiembre de 2024, durante las Jornadas de la Patria, el presidente chileno Gabriel Boric participó en el tradicional Te Deum ecuménico celebrado en la Catedral Metropolitana[49]. También se unió al Te Deum evangélico en la Iglesia metodista pentecostal de San Bernardo, donde manifestó su gratitud por las oraciones anuales dedicadas a Chile, declarando: «Lo que uno ve acá hace bien»[50].
El presidente Boric agradeció a las iglesias evangélicas y protestantes su contribución a la sociedad en el día dedicado a ellas (30 de octubre)[51]; ese mismo día se inauguró en Pitrufquén un monumento conmemorativo en honor a la Biblia, en presencia de pastores, autoridades locales y miembros de la comunidad[52].
En noviembre de 2024, el papa Francisco presidió la conmemoración del 40 aniversario del Tratado de Paz y Amistad entre Chile y Argentina, logrado gracias a la mediación del papa Juan Pablo II, al que asistió el ministro de Asuntos Exteriores chileno[53].
Durante el período estudiado en este informe han surgido algunas controversias entre las autoridades chilenas y la comunidad judía de Chile. A pesar de los signos positivos que supusieron el proyecto de ley contra el antisemitismo de marzo de 2023 y el proyecto de educación digital de la Liga Antidifamación destinado a prevenir el antisemitismo y enseñar a los estudiantes de secundaria sobre la comunidad judía[54], el presidente Boric no asistió a las celebraciones de Janucá en 2023 ni en 2024[55]. Esta ausencia pública llevó a los líderes de la comunidad judía a acusar al Gobierno de «discriminación y abuso»[56].
También se suscitó un debate público a raíz de que unos legisladores protestaran por la instalación de una gran menorá de Janucá en el paseo marítimo de Puerto Montt. El Gobierno respondió diciendo que se había erigido a petición del Consejo de Pastores Evangélicos de la ciudad y que se trataba simplemente de una estructura temporal[57]. Un senador la calificó de «símbolo de muerte», lo que llevó a la comunidad judía a denunciar «uno de los mayores actos de intolerancia y desprecio contra la libertad religiosa»[58]. El senador se acabó retractando de su declaración[59].
La preocupación ante estas situaciones llevó al subsecretario de Relaciones Exteriores a reunirse con el presidente de la comunidad judía en marzo de 2025[60], y afirmó entonces que el Gobierno seguiría promoviendo la libertad religiosa y luchando contra la discriminación, un reto constante para los Gobiernos de todo el mundo[61].
En cuanto a otras confesiones religiosas, durante 2024 la Mesa Ampliada de Entidades Evangélicas manifestó su oposición a los proyectos de ley que permitirían el aborto a demanda y la eutanasia[62]. La comunidad mapuche Williche Maikolpi pidió a una comunidad evangélica, con la que mantiene una disputa territorial, que se abstuviera de celebrar servicios religiosos en lo que considera su territorio[63]. En una declaración conjunta, las principales confesiones religiosas del país se opusieron al reconocimiento por parte del Ministerio de Justicia del «Templo de Satanás» como entidad religiosa[64].
La controversia también rodeó a la canción elegida para representar a Chile en el Festival de la Canción de Viña del Mar, ya que su letra y su videoclip se consideraron ofensivos para la comunidad cristiana[65]. Otra controversia estalló por la decisión de algunos comercios de abrir el Viernes Santo, tradicionalmente día festivo nacional. El arzobispo católico de Santiago, Fernando Chomalí, afirmó que se trataba de una violación del derecho a profesar la propia fe[66].
Futuro de la libertad religiosa
Los actos de violencia contra lugares de culto, principalmente en la región de La Araucanía, siguen siendo motivo de preocupación. Muchos de estos ataques tienen lugar en zonas rurales habitadas por la comunidad mapuche, que en su mayoría es cristiana. El conflicto, que comenzó por reivindicaciones históricas sobre la tierra, se ha vuelto cada vez más violento y podría estar relacionado con el tráfico de drogas y el crimen organizado. Además de iglesias, también han sido objeto de ataques maquinaria y camiones, y se han producido robos de madera. El Gobierno, con el apoyo del Congreso, mantiene desde hace tres años la ley marcial en las provincias de La Araucanía y Bio Bío[67]pero esto no ha sido suficiente para poner fin a la violencia.
Un avance positivo ha sido la labor de los tribunales para defender la libertad de religión o de creencias y tomar medidas enérgicas contra quienes la violan. No obstante, se sigue vulnerando este derecho, ya que continúan los ataques incendiarios contra iglesias. Por estas razones, las perspectivas para la libertad religiosa requieren una observación continuada.
Fuentes