COLOMBIA
Marco legal sobre libertad religiosa y su aplicación efectiva
La Constitución de Colombia[1] define al país como un Estado de derecho y establece que la República es «democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran, y en la prevalencia del interés general» (artículo 1).
La libertad de conciencia y de religión se reconocen como derechos fundamentales en los artículos 18 y 19 de la Constitución, y el concepto de libertad religiosa se ha incorporado a la Ley de Libertad de Religión y Culto (n.º 33) de 1994[2].
Según la Corte Constitucional de Colombia, tribunal supremo del país para la protección de los derechos fundamentales, la libertad de conciencia está garantizada en el sentido de que nadie puede ser acosado ni perseguido por sus creencias, ni obligado a revelar sus convicciones, ni obligado a actuar contra su conciencia[3].
No obstante, el tribunal ha determinado que el derecho a la libertad de conciencia no es absoluto, sino que tiene límites basados en el respeto a los derechos de los demás. Por ejemplo, un paciente no tiene derecho a exigir un tratamiento que no sea médicamente aconsejable, especialmente si pone en peligro su vida o entra en conflicto con las convicciones profesionales y éticas del médico que lo trata.
Aunque están estrechamente vinculados, el derecho a la libertad de conciencia se entiende en Colombia como un derecho distinto al de libertad religiosa[4].
La Constitución prohíbe toda forma de discriminación, incluida la basada en motivos religiosos (artículo 13). Los artículos 201 a 203 del Código Penal imponen sanciones a las violaciones de la libertad religiosa[5].
El artículo 19 de la Constitución establece que «todas las confesiones religiosas e Iglesias son igualmente libres ante la ley». Para ello, la Ley 437 de 2018 del Ministerio del Interior establece una «Política Pública Integral de Libertad Religiosa y de Cultos»[6].
En relación a esto, en febrero de 2022 se promulgó la Ley 2200, que obliga a los departamentos (regiones) a promover y aplicar políticas públicas que garanticen la libertad de conciencia y la libertad religiosa en sus respectivos territorios (artículo 4)[7].
En 1973 se firmó un concordato entre Colombia y la Santa Sede[8] que confirmaba la relación entre el Nuncio Apostólico y la Dirección de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior. Este ministerio también es responsable de otorgar reconocimiento legal a los grupos religiosos no católicos[9].
La Constitución reconoce el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos y declara que en la escuela pública no se puede obligar a nadie a recibir formación religiosa (artículo 68). La Ley n.º 4500 de 2006 regula la enseñanza de la religión en los centros educativos[10].
En julio de 2022, el Consejo de Estado rechazó una solicitud de derogación de un decreto que, según se alegaba, vulneraba la libertad de religión y creencias al hacer obligatoria y fundamental la enseñanza religiosa en todas las escuelas[11].
La Constitución reconoce los efectos civiles de los matrimonios religiosos (artículo 42). En 2023, este reconocimiento se amplió a ocho organizaciones religiosas, a las que también se les permitió ofrecer formación religiosa en la escuela de acuerdo con su doctrina, así como atención religiosa en hospitales, prisiones y las fuerzas armadas[12].
La Ley 2294 de 2003 sobre el Plan Nacional de Desarrollo tenía por objeto establecer un nuevo contrato social para la paz. El plan incluye la creación de un Sistema Nacional de Libertad de Religión, Culto y Conciencia, en el que participan entidades públicas y privadas y cuyo objetivo es aplicar políticas en materia de libertad de religión, culto y conciencia[13].
Incidentes y acontecimientos
Durante el período estudiado en este informe, se han producido varios casos de asesinato o intento de asesinato de líderes religiosos, aunque algunos de ellos parecían estar relacionados con robos más que con persecución[14]. El padre Javier González Pertuz fue hallado muerto en extrañas circunstancias[15]; un hombre confesó el asesinato del padre Darío Valencia Uribe, desaparecido cinco meses antes[16], y unos agresores apuñalaron y atropellaron al padre Ramón Montes Peinado y luego le robaron el coche[17].
A finales de 2024, Marlon Yanmith Lora, pastor evangélico, y su familia fueron asesinados. Este hecho fue ampliamente difundido en todo el país y provocó gran indignación. Entre las reacciones más destacadas se encuentra la del presidente Gustavo Petro: «Masacrada toda una familia en Aguachica. Le pido a la Policía de Colombia emplearse a fondo en descubrir y entregar a la justicia a los criminales»[18]. La Confederación Evangélica denunció el asesinato, afirmando que podría estar relacionado con su labor pastoral y señalando que también otros líderes religiosos sufren persecución y amenazas[19]. El 4 de junio asesinaron al padre Ramón Arturo Montejo Peinado, párroco de San José de Buenavista, en el transcurso de un robo[20]. En enero de 2025, mataron a Iván Darío García González, pastor evangélico de 29 años[21]. El procurador delegado para los Derechos Humanos, Javier Sarmiento, comentaba que este pastor era «una de las muchas víctimas que enfrentan riesgos asociados al ejercicio de liderazgos religiosos, un sector que desempeña un papel fundamental en la cohesión social y la construcción de valores»[22].
También se dio un caso de agresión sexual contra una monja de clausura. La Conferencia de Religiosos de Colombia condenó unos hechos «que vulneran la dignidad de las mujeres y, más todavía, contra una religiosa»[23].
En este período se han producido algunos casos de vandalismo: pintadas en iglesias de la ciudad de Popayán durante la marcha del Día Internacional de la Mujer[24], profanación de imágenes religiosas de más de 100 años de antigüedad en el departamento de Antioquía[25], el robo de una custodia y de la Corona de la Virgen María en la Diócesis de Cúcuta[26], o el robo de copones con hostias consagradas en la capilla de San Juan Pablo II en la diócesis de Yopal[27]; además se han verificado amenazas a un sacerdote durante la misa[28] y, a lo largo de 2023, al menos tres sacerdotes han sido víctimas de extorsión[29].
En octubre de 2024, la Oficina del Defensor del Pueblo señaló un incremento del 31 % en el número de violaciones de la libertad religiosa entre 2023 y 2024. La discriminación contra las iglesias y las comunidades religiosas y las amenazas de muerte contra los líderes religiosos fueron las dos categorías que registraron los mayores aumentos. En particular, el número de amenazas de muerte ha aumentado en un 100 %, pasando de cuatro casos en 2023 a ocho en 2024[30].
Durante el período estudiado en este informe, el Gobierno[31] ha reafirmado su compromiso con la libertad religiosa,[32] para lo cual ha mantenido reuniones con las comunidades religiosas[33], ha creado un Sistema Nacional de Libertad Religiosa[34], se ha celebrado el Día Nacional de la Libertad Religiosa y de Cultos[35], fomentando la participación y el diálogo en torno a esta jornada[36] y comprometiéndose a aumentar su relevancia[37]. Al mismo tiempo, ha alcanzado acuerdos que permiten a las Iglesias suscribir contratos con el Estado[38] y ha fomentado proyectos cofinanciados con el sector religioso[39].
Por otro lado, el Gobierno del presidente Gustavo Petro presentó un proyecto de ley para la humanización de la política criminal, que despenalizaría determinadas violaciones de la libertad religiosa, como la perturbación de ceremonias religiosas y los daños a objetos relacionados con el culto[40].
En octubre de 2023, el presidente Petro comparó los ataques israelíes contra los palestinos con los crímenes nazis, y Gaza con el campo de concentración de Auschwitz; estas comparaciones provocaron las protestas de la comunidad judía[41].
La Oficina del Defensor del Pueblo pidió respeto por la libertad de religión y culto[42], organizó un seminario sobre vulneraciones de la ley[43] y habló de la necesidad de programas de protección para líderes religiosos amenazados[44].
Un memorándum difundido por la Superintendencia de Salud establecía que el derecho de los médicos que tenían objeciones de conciencia al aborto no podía violar los derechos fundamentales de las mujeres que decidían abortar y obligaba a los médicos a derivar a estas mujeres a otro colega. También permitía a las menores abortar sin el consentimiento de sus tutores legales[45].
Las autoridades locales han manifestado que reconocen el derecho a la libertad religiosa y han fomentado políticas que la garantizan[46]. Algunas han institucionalizado el Día de la Libertad Religiosa[47] y han destacado que la cooperación con el sector religioso mejora el tejido social[48].
La Alcaldía de Armenia atendió 20 casos de presuntas violaciones de la libertad religiosa en los primeros cuatro meses de 2024, la mayoría relacionados con grupos religiosos que se oponían al pago de impuestos de los que consideraban que debían estar exentos[49].
Los tribunales han tratado de resolver algunos casos relacionados con la libertad religiosa. El Tribunal Supremo confirmó el arresto domiciliario de un obispo por demorar la entrega de información sobre casos de abusos sexuales a menores a un periodista al que se le había concedido acceso a dicha información por orden judicial[50]. El caso, que afecta a varias diócesis, fue recurrido ante el Tribunal Constitucional[51]. En mayo de 2025, el Tribunal Constitucional confirmó el derecho de los periodistas a solicitar y recibir información sobre sacerdotes católicos relacionados con casos de abusos sexuales[52].
El Tribunal Constitucional también ordenó la retirada de una estatua de la Virgen María de una oficina de la Dirección de Tránsito y Transporte de Floridablanca, por vulnerar la neutralidad del Estado en materia religiosa[53]. Tras años de solicitudes legales para que se retirara un crucifijo del palacio de justicia, los magistrados del Tribunal Supremo acordaron su retirada[54]. Un tribunal de apelación de Bogotá ordenó a un sacerdote perteneciente a una congregación religiosa y vinculado a la capellanía militar que se disculpara públicamente por abusos sexuales y pagara una indemnización a las víctimas. Tanto el sacerdote como la congregación religiosa y la capellanía militar se negaron a cumplir las órdenes judiciales[55]. En abril de 2024, una comisión de disciplina judicial inhabilitó durante 15 años a Ramiro Eliseo Flórez Torres, juez de Cartagena, por haberse negado a celebrar un matrimonio entre personas del mismo sexo[56].
En otra sentencia, el Tribunal Constitucional ordenó a un colegio que eliminara el contenido doctrinal católico de su plan de estudios de educación religiosa, indicándole que se centrara en un enfoque neutral de la religión[57]. La Conferencia Episcopal manifestó su preocupación, argumentando que el caso se refería inicialmente al derecho a no recibir educación religiosa, pero acabó prohibiendo el contenido católico en la clase de Religión, ignorando así la Constitución, los tratados internacionales y la ley[58].
El mismo tribunal confirmó que una universidad tenía derecho a no proporcionar financiación a grupos religiosos y afirmó que debía actuar de acuerdo con el principio de laicidad[59]. En otro caso, el Tribunal Constitucional accedió a la solicitud de una mujer encarcelada que había pedido ayuda para enterrar a su hijo según el rito católico[60]. Un tribunal civil de Medellín ordenó a la alcaldía de El Retiro que se abstuviera de celebrar actividades religiosas en sus instalaciones[61]. El Tribunal Constitucional exigió al Ministerio de Salud que actualizara sus normas relativas a la eutanasia de pacientes no terminales y ordenó al Congreso que aprobara una ley sobre la eutanasia en relación con la objeción de conciencia del personal médico[62].
A petición del Tribunal, una comisión del Senado aprobó un texto que regula el acceso a la eutanasia e incluye el derecho a la objeción de conciencia por parte del personal médico[63]. El Ministerio de Salud elaboró una resolución por la que se creaba un comité interdisciplinario encargado de regular el derecho propuesto del personal médico a practicar la eutanasia, con el permiso de sus pacientes, y se establecía que sus miembros no podían ser objetores de conciencia a la eutanasia[64].
En septiembre de 2024, el Senado organizó un curso de formación sobre libertad religiosa para líderes religiosos, destinado a abordar sus principales preocupaciones[65], y entregó condecoraciones a líderes espirituales[66].
La Iglesia católica constituye una parte importante del panorama nacional. Ha sido miembro, junto con el Consejo Mundial de Iglesias[67], del panel para el diálogo entre el Gobierno y el Ejército Nacional de Liberación. La Iglesia católica también ha desempeñado un papel importante en el diálogo entre el Gobierno y Segunda Marquetalia, facción disidente de las FARC liderada por Luciano Marín Arango, alias Iván Márquez. En febrero de 2024, ambas partes anunciaron oficialmente el inicio de un «proceso de diálogo sociopolítico» en el que la Iglesia católica y la ONU eran entidades acompañantes[68]. En junio de 2024, los obispos se reunieron para revisar las estrategias ante los conflictos armados que se estaban produciendo en algunas zonas del país, con el fin de ofrecer respuestas concretas para promover la paz[69]. Pidieron oraciones por la paz y la reconciliación[70] y condenaron la violencia[71].
En junio de 2024, un grupo de indígenas que exigían al Gobierno garantizar el respeto a la vida y la seguridad en sus territorios[72] tomaron la Nunciatura Apostólica de Bogotá. Este grupo también solicitó negociaciones con el Gobierno y el desmantelamiento de los grupos paramilitares[73].
En 2024, la comunidad judía manifestó su agradecimiento a la Oficina de Asuntos Religiosos por ser un espacio de cooperación y diálogo interreligioso que acoge a las comunidades religiosas minoritarias[74]. En marzo de 2025, se suscitó una controversia cuando el presidente Petro nombró a un rabino para el cargo de director de Asuntos Religiosos, y se supo que dicho rabino se había declarado antisionista y que sus cualificaciones rabínicas eran dudosas. El rabino denunció lo que calificó de violación de su derecho a la libertad religiosa, mientras que la comunidad judía criticó su nombramiento, alegando que eliminaba sus garantías para practicar su religión[75].
Futuro de la libertad religiosa
Los tribunales colombianos son los más prolíficos de Iberoamérica en fallos sobre casos de libertad religiosa y apelan principalmente a la «neutralidad del Estado». La negación del derecho a la objeción de conciencia en casos de eutanasia constituye una violación de la libertad religiosa y convierte a los objetores de conciencia en ciudadanos de segunda clase de facto, con menos derechos que sus compatriotas.
La violencia causada por el narcotráfico y los conflictos con grupos guerrilleros supone un grave riesgo, especialmente para las poblaciones rurales y los líderes religiosos que defienden a sus comunidades. La Iglesia católica desempeña un papel importante en las iniciativas de paz y el diálogo, además de prestar numerosos servicios sociales a la población rural. Por esta razón, al considerar el aumento de los casos de violencia e intimidación contra líderes religiosos, no solo hay que tener en cuenta los motivos de los autores, sino también las repercusiones que tiene la eliminación de un líder espiritual sobre la comunidad. El panorama sigue siendo complejo y las perspectivas para la libertad religiosa en los próximos dos años han empeorado.
Fuentes